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Nota sobre la reforma politica.

Si existe un tema en el que poco podemos confiar en los políticos y en los medios es en LA REFORMA POLÍTICA.
Qued
ó más claro que nunca con el debate por la ley de medios que los medios de comunicación hacen política. Y sobre una reforma polìtica se hace evidente que los poíticos se ven más que afectados y obligados a emitir opinión.

¿Qué es una reforma política?

La reforma política es una modificación a la relación entre gobernantes y gobernados. En Argentina esta relación se consagra en la constitución nacional por un sistema representativo y republicano donde "El pueblo no delibera ni gobierna sino por medio de sus representantes". En si muchas de estas reformas son cuestiones evidentes que mantiene la argentina y resultan arcaicas, otras no tanto.
¿Què contiene la reforma?
Una de las leyes que compone la reforma es la Ley de Democratización de la Representación Política, la Transparencia y la Equidad Electoral. La misma introduce las siguientes reformas a la Ley Orgánica de Partidos Políticos:

- Las elecciones primarias (internas) serán abiertas, simultáneas, obligatorias y vinculantes para todos los partidos. Se presentarán precandidatos integrando las distintas listas de cada partido, las cuales competirán entre sí. La lista triunfadora representará a ese partido en la elección general. Los votantes podrán emitir un solo voto y para una sola agrupación política. Este sistema es similar al de otros países y ya se implementa en Santa Fe. Serán: abiertas, podrán votar todos los ciudadanos, independientemente que sean o no afiliados al partido; simultáneas, lo cual significa que se votarán las intrernas de todos los partidos en un solo acto electoral; obligatorias, los ciudadanos tendrán la obligación de votar en este tipo de elecciones; y por último, vinculantes, con lo cual los partidos deberán acatar a raja tabla la decisión popular pronunciada en urnas.
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-Para que los precandidatos que ganen las primarias puedan presentarse en el comicio general su agrupación política debe haber obtenido un mínimo del 3 por ciento de los votos por distrito (el 3 por ciento del padrón de la provincia si se trata de la elección de diputados y senadores nacionales, el 3 por ciento del padrón nacional en el caso de la fórmula de presidente y vice). Esto no quita la aparición de nuevos partidos. Los mismos deberán alcanzar el 3% del padrón dentro de 2 elecciones. De no alcanzarlo, se producirá la caducidad de este partido.

- Se eliminan las listas colectoras y espejos.
Listas colectoras: Son aquellas listas que contienen a los mismos candidatos pero por distintos partidos polìticos.
Listas espejo: Son aquellas listas que contienen algún candidato en común.

- Se fijan criterios de igualdad en la regulación de la publicidad en radio y televisión. Se determina que el Estado será el único financista de los gastos que cada fuerza política destinará a su campaña electoral. Los recursos se repartirán en mitades: una mitad se distribuirá entre todos los partidos en partes iguales, la otra mitad se asignará de manera proporcional al porcentaje de votos obtenido por cada fuerza en la última elección.

-Si un agrupación política contrata publicidad en los medios televisivos o de radiodifusión, será sancionado con la pérdida del derecho a recibir contribuciones, subsidios o todo recurso de financiamiento público anual por un plazo que va de 1 a 4 años y los fondos para el financiamiento público de las campañas electorales por 1 a 2 elecciones.

- Se prohíbe la publicidad de actos de gobierno desde quince días antes de la fecha de la elección general.

- Se acortan las campañas electorales a 30 días para las primarias y 35 días para la elección general. La publicidad en los medios audiovisuales no podrá superar los 20 días en las primarias y los 25 días en la elección general.


- Se unifican los padrones femeninos y masculinos, se reduce la cantidad de votantes por mesa.

- Para constituirse como partidos y mantener la personería, las agrupaciones deberán acreditar un piso mínimo de afiliaciones permanentes. Los afiliados deberán sumar al menos el cinco por mil del padrón de electores de cada distrito.

- Es causa de caducidad de la personería la no presentación a 2 elecciones nacionales debidamente justificada

- Se prohíbe ser candidatos a los procesados por crímenes de lesa humanidad.

Otras modificaciones
-Las alianzas entre partidos podrán durar un máximo de 90 días después de cada elección y luego de ese período deberán formalizarse como confederaciones.
- La Justicia Electoral creará un Registro Único de Empresas de Encuestas y Sondeos de Opinión, donde deberán inscribirse las empresas que deseen prestar el servicio a las agrupaciones políticas durante la campaña electoral. El que haga encuestas por fuera de este registro recibirá sanciones.
- Se crea el Registro Permanente Voluntario de autoridades de mesa, una herramienta muy útil para llegar a tiempo con las autoridades, evitar demoras y autoridades forzosas.
- Digitalización del padron. Esto tiene que ver con la digitalización y el cambio que se hará en los DNI.

¿Qué no contiene la reforma?

- No contiene nada respecto a las candidaturas testimoniales

- No contiene nada por ahora en cuanto a una boleta única o nuevas boletas

- No proscribe partidos.

Números importantes:

2%= 555785 (cantidad de votos que debe obtener en las elecciones ANTES)
3%= 833678, (cantidad de votos que debe obtener en las elecciones AHORA)
0,5%= 138946 (cantidad de afiliados para mantenerse como partido)
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Juan Manuel Abal Medina es vicejefe de gabinete y mentor de la reforma política. Doctor en Ciencia Política. Es investigador del CONICET. Es profesor en la Universidad de San Andrés, en la Universidad de Buenos Aires y en la Universidad Nacional de San Martín

QUE OPINAN LOS POLITICOS DE LA REFORMA POLITICA??
Martin Sabbatella dijo:


"La reforma política no debe estar pensada para que se cristalicen las viejas estructuras del bipartidismo y para impedir el crecimiento de nuevos partidos”, y agregó: “Es necesario que se apunte a mejorar la calidad de los partidos políticos, promoviendo el debate de ideas y la participación de la sociedad”...


Pino Solanas dijo:

“La reforma política que impulsa el oficialismo está hecha a la medida para el retorno de Néstor Kirchner al poder”, “Como ha pasado con muchas otras leyes que se impulsaron en estos tiempos, el origen es un noble propósito: democratizar el sistema electoral, lograr mayor pluralidad y democracia. Pero, como está presentada, es absolutamente lo contrario”. “En lugar de defender el contenido del voto, atenta contra los partidos chicos”

Gerardo Morales dijo:

“sin lugar a dudas es necesaria una reforma electoral que otorgue el máximo de transparencia al financiamiento de las campañas”, “Es saludable que los inventores de las colectoras, los promotores de las rupturas y los reyes del transfuguismo vengan ahora con una iniciativa por la transparencia y la democracia”

Alfonso Prat Gay dijo:

“La verdadera reforma política es sacar a los pobres de la pobreza para que puedan votar con el corazón y no con el estómago”, “Si bien hay puntos que pueden ser positivos, como las internas abiertas, el fortalecimiento de los partidos y los límites al financiamiento, falta discutir muchos puntos más, como la boleta única y las campañas oficiales.”


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Día Mundial de la Diabetes: Muchos pacientes no se tratan porque no conocen sus derechos

En la Argentina el sistema de salud garantiza el acceso gratuito a la medicación.

Qué incluye la Ley.

Si bien no es una enfermedad infecciosa, la diabetes avanza en todo el mundo a pasos agigantados. Tal es así que la Organización Mundial de la Salud (OMS) la considera una grave amenaza para la salud mundial, y la ubica en el mismo rango que otros padecimientos como el VIH/SIDA.

En Argentina, si bien la cantidad de enfermos no ha variado el último año -se calcula que hay dos millones y medio de enfermos- la mitad de ellos no sabe que la padece, y del resto sólo el 30 por ciento se trata, pese a que existe una ley que garantiza el acceso gratuito a la medicación y que tanto las prepagas como los hospitales públicos y las obras sociales deben respetar
El diagnóstico, un paso fundamental. Existen dos tipos de diabetes: la de tipo 1 y la de tipo 2. La primera, se da en general en chicos y en menores de cuarenta años como consecuencia de la falta de producción de insulina del páncreas. La segunda es producto de un mal aprovechamiento por parte del cuerpo de la insulina que se genera. Este último grupo de enfermos, el noventa por ciento de los casos, es el que en general se diagnostica tarde.
Según explica el doctor Gustavo Frechtel, presidente de la Sociedad Argentina de Diabetes (SAD), aquel paciente que no sabe que es diabético es el que padece de diabetes de tipo 2. “ Muchas veces el diagnóstico lo hace otro especialista, un cardiólogo o un oftalmólogo, porque en general el mal control de la enfermedad produce problemas cardiovasculares donde se ven afectados órganos como el corazón, los riñones o los ojos”, aclara el especialista. “Una persona mal controlada, después de siete años comienza con estos inconvenientes”, completa.
Lo importante, entonces, es realizar exámenes rutinarios de manera periódica ya que, al tener la diabetes de tipo dos pocos síntomas, los enfermos no se enteran que padecen la enfermedad.
El acceso a la medicación, una ley de conocimiento esencial. Para poder acceder a la medicación de manera gratuita, resulta básico que los enfermos conozcan la reglamentación que estipula la provisión gratuita de los medicamentos correspondientes.
Según la Ley Nacional Nro. 23.753/89 y el Decreto Reglamentario 1271/98 , el Estado debe proveer los medicamentos e insumos para el control y el tratamiento del paciente con diabetes mellitus. La misma reglamentación pesa para las obras sociales y sistemas de medicina privada cuando el paciente que adquiere esos servicios padece de esta enfermedad.
De esta manera, la insulina, las jeringas de vidrio, las descartables, las agujas para las inyecciones y la jeringa lapicera deben ser cubiertas en un ciento por ciento. Las tiras reactivas –en cualquiera de sus formas- las pastillas hipoglucémicas o el reflectómetro para la lectura de la determinación de la glucosa en sangre con tiras reactivas tienen una cobertura que siempre parte del 70 por ciento.
El problema, explica el doctor Fretchel, no se da con la insulina, sino que en ocasiones aparece en la cobertura de tiras para el control, ya que se da un número limitado. “No hay una cobertura de provisión adecuada. La ley tiene una falencia, y es que no obliga en este caso una cobertura universal. Ahí viene el juego del tire y afloje”, analiza el especialista.


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